Las dos primeras semanas deciden mucho
Quien deja de pagar rara vez deja de pagar solo a uno. Cuando una empresa empieza a retrasarse, hay una cola formándose, y el orden en esa cola lo marca quién reclama antes y mejor.
Eso no significa llevarlo al juzgado el primer día. Significa dejar constancia, dejar de dar más crédito y tener una conversación con fecha y cifras, no con promesas.
Qué no hacer
Qué sí, y en este orden
- 1Reúna la documentaciónContrato, pedidos, albaranes, facturas, correos de conformidad.
- 2Mande el burofaxCon importe, vencimientos, intereses y plazo para pagar.
- 3Compruebe al deudorCuentas depositadas, actividad, inmuebles, otros procedimientos.
- 4Decida la víaMonitorio, cambiario o negociación con reconocimiento de deuda.
- 5Y mire el IVASi el cobro se da por perdido, hay un procedimiento para recuperar la cuota, con plazos estrictos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner al deudor en un fichero de morosos?
Existen ficheros de solvencia, con requisitos legales estrictos. Hacerlo mal expone a una reclamación en contra.
¿Puedo quedarme con material suyo?
El derecho de retención existe en supuestos concretos. Fuera de ellos, es un problema nuevo.
¿Y si el administrador ha cerrado la empresa?
Puede haber responsabilidad del administrador por no disolver o por otras causas. Es una vía propia y con plazo.
¿Cuánto cobra el despacho?
Se lo decimos antes de empezar, según la vía y la cuantía, por escrito.